Asemeco valora muy positivamente la nueva normativa contra la morosidad en operaciones comerciales.
La Asociación de Empresarios del Metal Mecánico de Córdoba ha valorado muy positivamente la entrada en vigor de la Ley 15/2010 sobre Medidas de Lucha contra la Morosidad en España, el establecimiento de un período máximo de pago en operaciones comerciales que se efectúen entre las empresas, el devengo automático de intereses en caso de impago y la compensación por los costes de cobro que conllevaría la gestión de estas operaciones.
Asemeco destaca la necesidad de abordar y reforzar aún con mayor intensidad todos los instrumentos necesarios posibles para que los acreedores puedan ejercer plena y eficazmente
sus derechos cuando no cobran a tiempo.
La Ley 15/2010, de 5 de julio, que entró en vigor el 7 de julio, implicará un cambio histórico en la cultura de pago en España. La importancia histórica de esta reforma legal se pone de relieve al observar la realidad actual en España. Según una encuesta elaborada por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad en España, correspondiente al primer trimestre del 2010, el 51% de las empresas ha observado que el plazo de cobro medio con empresas privadas se ha alargado.
Esta Ley sustituye a la 3/2004, establece reformas tan importantes como es el fijar unos plazos máximos de 60 días para los pagos de empresas a sus proveedores y en el caso de las administraciones públicas el plazo será de 30 días. Además se elimina la posibilidad de que las empresas negocien otros plazos superiores de pago a los fijados por Ley.
La Ley establece un periodo transitorio desde ahora hasta el 2.013 donde las empresas privadas deberán pagar a sus proveedores en 85 días este año y el próximo, 75 días en el 2012 y 60 días en el 2013. Así mismo la Ley establece un periodo transitorio para las administraciones públicas que se irá rebajando el plazo de pago a 50 días este año y el 2011, 45 días para el 2012 y, finalmente, 30 días para el 2013, por tanto a partir del 1 de enero de 2013, todas las empresas privadas deberán de subsanar sus deudas en un máximo de 60 días y las públicas, en menos de 30 días”.
Asemeco detalla que esta “Ley obliga a computar estos tiempos desde la fecha de recepción de las mercancías o de la prestación de los servicios, también en los casos en que el deudor reciba la factura o solicitud de pago equivalente antes que los bienes o servicios. Asimismo, los proveedores deberán hacer llegar la factura o solicitud de pago equivalente a sus clientes antes de que se cumplan 30 días desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías o prestación de los servicios, y que la recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo de plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura y la recepción por el interesado”.
Además, Asemeco destaca que “la normativa suprime la posibilidad de ampliar el plazo de los pagos por acuerdos entre las partes, a la vez que refuerza el derecho de los acreedores a reclamar indemnizaciones. Paralelamente, se prevén mecanismos de verificación y cumplimiento, como la futura inclusión de los plazos medios de pago en las memorias auditadas de empresas, la aplicación del régimen sancionador de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, con sanciones hasta de 500.000 euros, así como el papel de las organizaciones empresariales para invalidar cláusulas abusivas e ilegales”.
Asemeco resalta “el valor histórico de esta normativa, ya que aliviará la agobiante situación que sufre la mayoría de las empresas por retrasos de cobros de 180, 210 días e incluso un año o más. Por todo ello, animamos a las pymes y autónomos a que denuncien esos casos, así como reclamamos que la ley se aplique estrictamente para reactivar así nuestra economía, restableciendo los principios de equidad, oportunidad y competitividad. De hecho, aportando datos que ofrece la Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal, el cumplimiento de estas medidas podría salvar unos 600.000 puestos de trabajo en todo el país y supondría una inyección en el tejido de las pymes del metal equivalente a más de 6.400 millones de euros.
El Instituto de Crédito Oficial (ICO), establecerá una línea de crédito directo para que las administraciones paguen sus deudas a las pymes españolas. Sobre esta línea de crédito, habrá que ver su dotación económica, sobre todo si tenemos en cuenta que la deuda de las administraciones con las empresas puede alcanzar los 38.000 millones de euros.
Desde Asemeco, valoramos esta reforma como un gran avance y un paso decisivo, para cuyo logro, ha participado de forma activa las organizaciones empresariales en beneficio de sus asociados, por tanto, debemos apoyar esta línea de trabajo y velar por el desarrollo de esta norma en los foros donde estamos representados con el objetivo de buscar la mejor aplicabilidad y garantizar su cumplimiento.
Esperamos todos que esta nueva normativa reactive y dinamice nuestra actividad empresarial.
Lo sabremos en función de que se lleve a la práctica en las condiciones planteadas.
lunes 25 de octubre de 2010
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Evidentemente la Ley 15/2010 es una ley que los pequeños y medianos empresarios estábamos esperando como agua de mayo. Es una Ley que todos tenemos que cumplir y hacer cumplir, dígase empresasios y administraciones. Esta Ley es muy oportuna y se ha creado en un momento oportuno para el mundo empresarial, pero realmente el problema de la morosidad en nuestro País está entre los empresarios o es de los empresarios?
ResponderSuprimirDebo recordar que el Gobierno está gobernar y hacer cumplir las leyes vigentes, pero si ellos mismos no gobiernan y se saltan estas leyes que ellos mismos aprueban a la torera, mal vamos y muy mal nos va a ir.
El gobierno y sus gobernantes deben tener su responsabilidad por la mala gestión de la economía y el no cumplimiento de las leyes vigentes. Están llevando a todas las administraciones a la quiebra arrastrando con ello a numerosas empresas a la ruina por el incumplimiento de los plazos de pago. Y digo yo, si están incumpliendo con la Ley que responsabilidad tiene este Gobierno y sus gobernantes?.
Pero para ellos no hay culpables, cuando son ellos, los políticos, quienes nos han llevado a miles de empresas a la de ruina y por ende a la desaparición de muchas pequeñas empresas y medianas empresas.
La Ley aprobada por consejo de ministros y firmada por el presidente del Gobierno obliga a las Administraciones a pagar sus deudas en un plazo no superior a treinta días. La Ley dice también que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) establecerá una línea de crédito directa para que las administraciones paguen sus deudas a las pymes españolas. La ley dice, dice y dice, pero si el Gobierno y sus gobernantes no se toman las leyes en serio como si con ellos no fuera el problema y no dan ejemplo cumpliendo con sus obligaciones, para que firman estas Leyes.
Sin embargo, si que nos exigen por ejemplo, para ser proveedores de ellos, estar al corriente de pago con nuestros impuestos, es decir, exigen a los demás lo que ellos mismos no son capaces de cumplir. Ver para creer.
Si realmente el Gobierno quiere hacer de esta Ley de la Morosidad una ley justa y seria, solo tienen que cumplir con sus obligaciones como todos y si realmente, quiere que las pymes españolas salgan de este atolladero, deben poner de forma inmediata una partida presupuestaria destinada a los ayuntamientos y demás administraciones de cara a que puedan hacer frente a sus deudas y paguen a sus proveedores, así eviataríamos el cierre de muchas empresas y por consiguiente el despido de muchos trabajadores, que además ni unos ni otros tienen culpa de la mala gestión de nuestros políticos.